Por Antonio Elías*
ALAI AMLATINA, 11/07/2014.- El 2 de mayo la Agencia EFE informó, desde
Bruselas, que el comisario europeo de Comercio, Karel De Gucht manifestó
que "La Unión Europea celebra el interés de Uruguay por unirse a las
negociaciones del TISA y respalda firmemente su participación de ahora
en adelante". Afirmó, además, que el ministro uruguayo de Exteriores,
Almagro Lemes, ha garantizado que su país "comparte los objetivos de las
negociaciones del TISA" y que "respetará los resultados de la
negociación logrados por otros participantes si se une" a ellas. Y
continuó De Gucht "La Unión Europea y Uruguay esperan trabajar juntos
para lograr un acuerdo ambicioso y abierto".
En el mismo informe de EFE se señala que Uruguay en septiembre del año
pasado envió su solicitud para participar, algo que la Unión Europea
espera que se concrete "rápidamente".
Inmediatamente surgen varias preguntas: ¿Qué es el TISA? ¿Quiénes lo
integran? ¿Cuáles son sus objetivos? ¿Qué instrumento se han acordado
hasta ahora? ¿Qué beneficios puede tener para el país este acuerdo? ¿En
qué ámbito del Frente Amplio se resolvió la solicitud de integración al
TISA? ¿Por qué este tema no es de conocimiento público?
1.- Saber que es el TISA (Trade in Services Agreement) no es una cosa
fácil en la medida que lo que se está discutiendo entre los países que
participan es secreto aunque existen, al menos, dos fuentes de
información importantes que se utilizan en esta nota. El primero, es un
informe especial de la Internacional de Servicios Públicos (ISP),
difundido el 28 de abril, titulado “El Acuerdo sobre el Comercio de
Servicios y la agenda corporativa” (1); el segundo, que fue divulgado
por WikiLeaks el 19 de junio, es el proyecto de anexo correspondiente al
sector de servicios financieros (2).
A partir de esos documentos podemos decir que las conversaciones
secretas para constituir este acuerdo comenzaron a principio de 2012, se
oficializaron en marzo de 2013 pero lo que se está negociando sigue
siendo secreto y que actualmente van en la séptima ronda de
negociaciones. Si bien cualquier miembro de la Organización Mundial de
Comercio (OMC) puede integrar el TISA, el mismo se negocia al margen de
la OMC evitando así que se discutan los reclamos históricos de los
países más pobres, entre otros, la eliminación de los subsidios
agrícolas que utilizan como política proteccionista los países
centrales.
Los estados que actualmente elaboran el acuerdo son Australia, Canadá,
Hong Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, Nueva Zelanda,
Noruega, Paquistán, Corea del Sur, Suiza, Taiwán, Turquía, Estados
Unidos, los 28 miembros de la Unión Europea y siete países de América
Latina: Chile, Colombia, Costa Rica, México, Panamá, Paraguay y Perú. En
2013 solicitaron participar de las negociaciones China y Uruguay.
No es menor señalar que cuatro de los países latinoamericanos que
integran actualmente el TISA confluyen en la “Alianza del Pacífico”,
estos son Chile, Colombia, México y Perú, los cuales, al igual que Costa
Rica, tienen tratados de libre comercio con Estados Unidos.
Queda claro, entonces, que en el marco de la crisis económica mundial
continúa el proceso de eliminación de fronteras y de regulaciones. A
pesar de que en 2005 se rechazó el Acuerdo de Libre Comercio para las
Américas (ALCA), el proceso impulsado por los Estados Unidos sigue
avanzando de múltiples maneras, sea tanto a través de tratados
bilaterales de libre comercio y de protección de inversiones, como en
nuevas iniciativas regionales. Cabe preguntarse, entonces, por qué el
gobierno uruguayo recorre el camino de los países más comprometidos con
los intereses del capital y no el de los gobiernos progresistas que
luchan por construir caminos alternativos.
2.- El objetivo de este acuerdo es liberalizar el comercio y la
inversión en servicios, y aplicar normas regulatorias favorables al
capital en todos los sectores, incluyendo servicios públicos. Con este
nuevo acuerdo las Empresas Transnacionales buscan superar las
limitaciones del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)
firmados en 1995, como parte de la Organización Mundial de Comercio
(OMC).
El acuerdo incluye todos los sectores relacionados con los servicios,
las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), la logística y
el transporte, construcción, suministro de energía, distribución del
agua, contabilidad, marketing, publicidad, el sector bancario y de
seguros, educación, salud y mucho más.
Las negociaciones del TISA son parte del proceso de cambios
institucionales impulsados por los países centrales para reducir al
mínimo las fronteras económicas, los sistemas de regulación que protegen
el desarrollo productivo nacional, los derechos de los trabajadores y
la existencia de empresas públicas, todo lo cual facilita la penetración
de las Empresas Transnacionales, principales beneficiarias de los
tratados de libre comercio y de protección recíproca de inversiones.
El TISA es el resultado de la presión sistemática de las corporaciones
de servicios a través de grupos de presión como, principalmente, la
“Coalición de Industrias de Servicios” de Estados Unidos y el “Foro de
Servicios Europeo”.
A título de ejemplo véase la posición de la “Coalición de Industrias de
Servicios”, la cual sostiene que “Algunas barreras al comercio de
servicios incluyen: movimiento limitado de información a través de las
fronteras, competencia injusta de empresas estatales, falta de
transparencia y debido proceso además de derechos de propiedad y
discriminación en la obtención de licencias y permisos que favorecen a
las empresas locales. Por lo cual un acuerdo de servicios
internacionales tiene el potencial de crear condiciones de comercio que
permitan a las industrias de servicio alcanzar su máximo potencial. El
TISA puede ser una de las más importantes contribuciones económicas de
este siglo para los Estados Unidos y el mundo.”(3)
La Unión Europea, interpretando los intereses del “Foro de Servicios
Europeos”, ha defendido que las negociaciones vayan más allá de la mera
apertura de sus mercados de servicios y que sirvan asimismo para
desarrollar nuevas normas comerciales en esta área. Considera el
comercio de servicios de una "importancia estratégica", dado que el
sector acumula unos tres cuartos del PIB y de los empleos de la Unión
Europea.
Estas normas tienen como objetivo conceder a los proveedores
extranjeros acceso libre en condiciones no menos favorables que las de
los nacionales y restringir la capacidad de los gobiernos para mantener o
adoptar normas proteccionistas. Lo cual podría cambiar en forma
drástica la regulación de los servicios públicos que sustituirían las
“regulaciones estatales” por las “leyes del mercado”. El interés de
lucro de las corporaciones privadas extranjeras se impondría sobre el
interés social.
3.- Los principales instrumentos del TISA buscan promover la inversión
privada en todos los sectores, así como perpetuar y tornar irreversibles
las privatizaciones ya realizadas. A esos efectos se propician fusiones
y, adquisiciones de empresas locales y la eliminación de aquellas
regulaciones que ponen límites a la penetración transnacional,
asegurando a estas empresas un mayor control y extracción de ganancias
de las economías nacionales y la economía mundial.
Reseñando nuevamente, los principales objetivos que buscan los países
centrales con este acuerdo son: a) Libre acceso a los mercados para sus
empresas, sin limitaciones de ningún tipo; b) Trato nacional, sus
empresas tendrían un trato igual que las empresas nacionales sin ninguna
forma de discriminación; c) Trato de nación más favorecida, el máximo
beneficio que se otorgue a cualquier nación se le debe otorgar a los
miembros de este acuerdo.
Para lograr que esos objetivos se cumplan y no retrocedan tienen tres “blindajes”:
- uno, el “statu quo”, que “congelaría los actuales niveles de
liberalización de la economía en todos los ámbitos” (4). Esto bloquearía
la posibilidad de que un gobierno presente o futuro pueda volver atrás
lo ya liberalizado.
- dos, las “disposiciones de trinquete”, que implica que “cualquier
cambio o enmienda a una medida nacional relacionada con los servicios
que en la actualidad no se ajusta a las obligaciones del acuerdo se
realice en una dirección a una mayor conformidad con el acuerdo, no
menos” (5). Esto significa que solo se pueden hacer cambios en dirección
a mayores niveles de liberalización reduciendo cada vez más la
soberanía nacional. Si un gobierno favorable al capital toma medidas que
eliminan regulaciones y liberan mercados, un gobierno posterior que
defienda los intereses de los trabajadores, un desarrollo económico con
fuerte participación del Estado y la protección de empresas nacionales
medianas o pequeñas no podría modificarlo.
- tres, en el artículo X.20: Arreglo de diferencias, la Unión Europea y
los Estados Unidos, proponen que “el tribunal (panel) debe tener la
necesaria formación y solvencia referida a los servicios financieros en
controversia” (6). Lo que implica que las condiciones que se establecen
serán reguladas y arbitradas, como en todos los acuerdos internacionales
por tribunales propios, excluyendo así las competencias y las
legislaciones de cada país y librando los resultados de las
controversias al interés de los sectores dominantes. Existen múltiples
experiencias que demuestran que estos tribunales, tales como el CIADI,
favorecen los intereses de las Empresas Transnacionales en detrimento de
los Estados que reciben las inversiones.
Además el TISA establece por definición que todos los mercados
existentes son parte del mismo, salvo que sean excluidos del tratado a
texto expreso por una “lista negativa”, lo que implica que todo nuevo
mercado que se genere por avances tecnológicos o por cualquier otra
razón queda bajo las reglas del TISA. En contraste con el Acuerdo
General de Comercio y Servicios, aprobado en 1995, que les permite a los
países elegir cuáles servicios quiere liberalizar en lo que se denomina
“lista positiva”.
4.- Este acuerdo que libera el comercio de servicios reducirá la
soberanía nacional, porque se perderá control de la economía y se
afectará la democracia, porque los acuerdos adquieren carácter supra
constitucional. Los inversores extranjeros obtendrán de esta forma
protección respecto a las reglamentaciones restrictivas del “libre”
comercio, no importa si las mismas estén diseñadas para proteger el
medioambiente, la salud, seguridad pública, estabilidad financiera o
para garantizar el acceso universal a los servicios. Los derechos
laborales y los ingresos de los trabajadores, activos y pasivos, también
podrán ser puestos en cuestión generando un deterioro significativo los
mismos.
El TISA, además, debilita la posibilidad de mantener y ampliar un
sistema de empresas públicas, que actualmente se caracteriza por:
preservar la soberanía nacional en importantes ámbitos económicos; ser
democrático en tanto depende plenamente de la legislación nacional;
mantener en manos del estado servicios que atienden las necesidades
sociales; prestar servicios universales de alta calidad para la
población.
Téngase en cuenta que si bien “el texto básico del TISA excluye los
servicios suministrados ‘en ejercicio de facultades gubernamentales’ del
ámbito de aplicación del acuerdo. (…) los servicios prestados en el
ejercicio de dichas facultades están estrictamente definidos como ‘todo
servicio que no se suministre en condiciones comerciales ni en
competencia con uno o varios proveedores de servicios”. (7) Lo que
implica que la mayor parte de los servicios públicos que presta el
estado uruguayo quedarían incluidos en la liberalización del TISA.
Con la información de la que se dispone hasta el momento cabe
preguntarle al Frente Amplio, al gobierno y, en particular, al Ministro
Luis Almagro: ¿Qué es lo que motiva a Uruguay a vincularse a este
engendro que es el TISA y cuáles serían las ventajas para el país, los
trabajadores, su gente en general si se limitan en forma dramática las
potestades de decidir del gobierno y la soberanía del país todo?
*Antonio Elías es Docente universitario, asesor sindical y miembro de la REDIU (Red de Economistas de Izquierda).
Notas:
(1) Elaborado por Scott Sinclair del Centro Canadiense de Alternativas
Políticas y Hadrian Mertins-Kirkwood del Instituto de Economía Política
de la Universidad de Carleton. http://www.world-psi.org/es/informe-especial-de-la-isp-el-tisa-frente-los-servicios-publicos
(2) https://wikileaks.org/tisa-financial/. Publicado el 19 de junio de 2014.
(3) https://servicescoalition.org/negotiations/trade-in-services-agreement
(4) “El Acuerdo sobre el Comercio de Servicios y la agenda corporativa”, p.14.
(5) Idem, p. 14.
(6) Trade in Services Agreement (TISA), Financial Services Annex, WikiLeaks release: June 19, 2014, p. 16.
(7) “El Acuerdo sobre el Comercio de Servicios y la agenda corporativa”, p.6.
URL de este artículo: http://alainet.org/active/75317
RSS: http://alainet.org/rss.phtml
Twitter: http://twitter.com/ALAIinfo
JORDI PUJOL, 50 AÑOS DE CDC, MÁS EL EMÉRITO.
Hace 6 días
0 comentarios:
Publicar un comentario
Seamos el cambio