Despierta Libertad, despierta de tu letargo en mí, despierta en la conciencia, en el corazón y en el espíritu de la humanidad. Demuestranos que siempre has estado en nosotros.
Obama
urge a la Cámara de Representantes a votar a favor de la medida, que
abre una vía para la legalización y eventual ciudadanía de los
indocumentados
El
Senado de Estados Unidos ha aprobado, por 68 votos a favor y 32 en
contra, la reforma migratoria impulsada por el presidente, Barack Obama,
y que puede suponer la ciudadanía para once millones de personas que
viven actualmente en suelo norteamericano en situación irregular.
El Senado de EEUU aprueba la reforma migratoria- (REUTERS/Lucy Nicholson)
La propuesta, que ha contado con el respaldo de todos los senadores demócratas y de 14 republicanos, recoge en 1.200 páginas la primera gran reforma sobre inmigración adoptada desde 1986.
Plantea un periodo de 13 años para la regularización de ''sin papeles''
que cumplan ciertos requisitos, así como castigos para quienes
contraten a trabajadores en situación ilegal. Para lograr el apoyo de
los republicanos, durante los debates de las últimas semanas se ha
incluido una enmienda que contempla un refuerzo de la seguridad en la frontera con México,
donde habrá 42.000 agentes en lugar de 21.000, se construirán 1.100
kilómetros más de valla y se utilizarán nuevos equipos tecnológicos como
aviones no tripulados.
Obama, que ha recibido la noticia en Senegal, ha aplaudido en un comunicado la decisión adoptada por el Senado y
lo ha considerado un ejemplo del "compromiso" de los dos partidos.
"Ninguna parte consiguió todo lo que quería. Ni demócratas. Ni
republicanos", ha explicado el presidente, que ha agradecido de forma
especial el trabajo de los ocho senadores -cuatro por partido-
responsables de las negociaciones. La reforma pasa ahora a la Cámara de Representantes,
donde el debate se prevé más arduo porque los republicanos son mayoría.
En vista de estas previsibles complicaciones, Obama ha advertido de
que, después de que el Senado "haya hecho su trabajo", le toca a la
Cámara de Representantes "hacer lo mismo".
"Tenemos
una oportunidad única para arreglar un sistema roto de una forma que
respeta nuestra pasado como nación de leyes y de inmigrantes.
Necesitamos que el Congreso termine el trabajo", ha apostillado el
mandatario norteamericano. El presidente de la Cámara Baja, el
republicano John Boehner, ya ha advertido de que no se limitarían a "votar todo lo que apruebe el Senado" y
ha sugerido que redactarán un proyecto "propio", según la cadena de
televisión CNN. Sin embargo, varios legisladores republicanos han
avanzado que los cambios no se presentarán en una única enmienda, como
en el Senado, sino en propuestas de menor magnitud. Pese a la división
que previsiblemente despertará este tema en el pleno de la Cámara de
Representantes, Boehner confía en que se produzca una votación antes de
que concluya el año. Originalmente publicado en Cadena SER
Próximamente entrarán en vigor las nuevas medidas migratorias que eliminan trámites, y ahorran dinero y tiempo a las personas que deseen viajar por asuntos personales...
Tema difícil y a veces doloroso para algunos, la nueva política migratoria cubana llega desde hoy como una soberana aspiración familiar y una pretensión de la nación para acercarse a sus emigrados.
Las decisiones que entran en vigor este lunes tienen como contexto, que nadie lo olvide, la permanencia de la hostilidad de Estados Unidos, el poderoso vecino que durante varias décadas ha alentado la salida de Cuba.
Precisamente, ese uso del tema migratorio como arma política contra la Revolución Cubana es lo que fija los límites de las medidas que aplica el país, que, como todos, se defiende del robo de cerebros con la aplicación de mecanismos de control.
No se puede perder de vista que Estados Unidos, además de la Ley de Ajuste Cubano, aprobada en 1966, tiene vigentes al menos seis programas para favorecer a los emigrados cubanos por encima de todas las otras nacionalidades.
La nefasta Ley de Ajuste, que facilita de manera expedita la residencia de los cubanos que lleguen por cualquier vía a suelo norteamericano, es un descarado estímulo a las salidas ilegales que alienta una emigración ilícita e insegura y que ha provocado numerosas pérdidas de vidas humanas.
También el gobierno norteamericano mantiene un programa para estimular la deserción de nuestros médicos, en particular de aquellos que realizan misiones de colaboración.
A pesar de esa hostil política norteamericana, Cuba ratifica ahora la voluntad de continuar favoreciendo las relaciones con la emigración y garantizar que los movimientos migratorios se realicen de forma legal, segura y ordenada.
Suprimir el permiso de salida y la carta de invitación, lo que hace el trámite más beneficioso, más expedito, además de que ocasiona menos gastos a la ciudadanía.
El hecho de que los menores puedan viajar de manera temporal con sus padres también es una medida muy positiva.
La ampliación de las causales para la repatriación de los cubanos que residen en el exterior y puedan volver a su tierra, igualmente es muy loable.
El tiempo que pueden estar en el exterior los cubanos sin considerarse emigrados se extiende hasta los 24 meses, de los 11 que hasta hoy estaban establecidos.
Los emigrados podrán visitar la isla por hasta 90 días, a diferencia de los 30 fijados anteriormente.
Quienes emigraron ilegalmente después de los acuerdos migratorios de 1994 con Estados Unidos pueden regresar al país si han transcurrido ocho años de su salida.
Video en Youtube: La Dirección de Inmigración y Extranjería (DIE) de Cuba informó que las condiciones están creadas para la entrada en vigor de las normas jurídicas referidas a la actualización de la política migratoria, prevista para el 14 de enero. (JR)
La
congresista cubanoamericana Ileana Ros-Lehtinen acaba de declarar su
apoyo a un cambio en la Ley de Ajuste Cubano, CAA (Cuban Adjust Act,
por sus siglas en inglés), uno de los instrumentos fundamentales en la
política de EE.UU. contra Cuba.
A primera vista, pudiera
parecer que la representante a la Cámara por el Sur de la Florida,
célebre por su hostilidad hacia el gobierno de La Habana, coincide con
la denuncia cubana del carácter asesino de una legislación que
iguala inmigrantes legales e ilegales y ha llevado a la muerte a no
pocas personas que por propia iniciativa o en manos de traficantes sin
escrúpulos se han lanzado al mar en busca de ventajas migratorias sólo
existentes para los nacidos en la Isla.
Datada en 1966, esta ley
permite a cualquier cubano que pise el suelo estadounidense obtener la
residencia permanente al año y un día de hacerlo. Así se generó la
constitución del llamado “exilio histórico”, caracterizado por su
extremismo en las posiciones sobre Cuba, que al facilitárcele el acceso
a la ciudadanía norteamericana se constituyó en base electoral de
quienes por la vía del terrorismo, el narcotráfico y oscuras
inversiones inmobiliarias amasaron fortunas y generaron una red de de
influencia política, económica y mediática para nada subestimable.
Pero
a pesar de lo anterior, los cubanos residentes en Estados Unidos, ya
no se identifican de la misma manera con el “exilio histórico” y sus
representantes políticos. En 2011, un estudio del Cuban Research Institute (CRI)
dio como resultado que el 71 % de los nacidos de padres cubanos en
Estados Unidos apoya restablecer las relaciones entre ese país y Cuba,
con igual proporción entre los que arribaron con posterioridad a 1994.
En el mismo año 2011, según las autoridades de Cuba, unos cuatrocientos mil cubanos residentes en el exterior
-en su mayoría procedentes de los Estados Unidos- visitaron su país de
origen, echando por tierra el concepto de “exilio” fabricado por los
medios de Miami y enarbolado por políticos como Ileana Ros-Lehtinen.
Algo que hizo concebir a mediados de 2012 al senador Marco Rubio, y al entonces representante a la Cámara David Rivera, una legislación para “ajustar” la Ley de Ajuste
que quedó en intenciones pero ahora vuelve a tomar fuerza como una
respuesta represiva contra la apertura migratoria dada a conocer por el
gobierno cubano a fines del pasado año. La nueva regulación cubana
permite a quienes salgan de la Isla permanecer fuera de sus fronteras
hasta dos años sin realizar ningún trámite, elimina el permiso de salida
y facilita la relación con los cubanos que ya residen en el exterior.
Interrogada por el periodista miamense Wilfredo Cancio Isla
-el mismo que cobró onerosamente del gobierno norteamericano por
demonizar a los cinco cubanos condenados por buscar allí información
para evitar actos terroristas- sobre si “apoyaría un cambio en la Ley
de Ajuste Cubano (CAA) para cerrar las brechas que presenta respecto a
personas que dicen ser perseguidos y luego viajan con frecuencia a
Cuba”, Ileana Ros-Lehtinen descubrió el agua tibia:
“Sí, estoy a
favor de un cambio en la CAA para que aquellos que usan este beneficio
singular y único que es solo para nacionales cubanos, no puedan
regresar de visita a Cuba. No se puede afirmar que uno podría ser
perseguido por razones políticas en Cuba y, al mismo tiempo, regresar
de visita”
Las autoridades migratorias cubanas acaban de declarar
que están listas para implementar a partir del próximo lunes 14 de
enero la nueva política migratoria, pero al menos en Miami, y también
en Washington, la situación es algo diferente. (Publicado en CubAhora)
A solicitud de algunos amigos, hemos reunido este pequeño dossier sobre las enmiendas que se han realizado al sistema tributario cubano, que incluye algunos videos de la reciente presentación en la Mesa Redonda de un grupo de directivos de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT):
Cuba: Ley del sistema tributario en el camino de la actualización
La política fiscal cubana deberá contribuir al incremento sostenido de la eficiencia de la economía y de los ingresos al Presupuesto del Estado con el propósito de respaldar el gasto público en los niveles planificados y mantener un adecuado equilibrio financiero, tomando en cuenta las particularidades de nuestro modelo económico. Así se consigna en el Lineamiento 56 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, aprobado en el Sexto Congreso del Partido, y que a su vez, da paso a otras directrices que deberán desempeñar un papel determinante en la búsqueda de un proyecto social más justo y sostenible.
La ley servirá de acicate para el desenvolvimiento de las esferas y actividades impulsoras del desarrollo socio-económico del país
El Parlamento cubano aprobó la Ley No. 113, del 23 de julio de 2012, del Sistema tributario que acompañada de su Reglamento, el Decreto No. 308, del 31 de octubre de 2012, de las normas generales y los procedimientos tributarios, se publicó hoy en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 53, del 21 de noviembre de 2012, de la República de Cuba.
Al aprobar este nuevo instrumento jurídico -cuya aplicación se ha previsto de forma paulatina a partir de enero de 2013-, quedarán derogadas la Ley 73 de 1994, el Decreto-Ley 169 de 1997 y cerca de otras 200 regulaciones emitidas por el Ministerio de Finanzas y Precios para normar la actividad tributaria en el país.
En su intervención en la Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular celebrada el pasado julio, el vicepresidente del Consejo de Ministros, Marino Murillo Jorge, identificó al sistema tributario como una herramienta que contribuye a disminuir las desigualdades entre los ciudadanos dada su capacidad de redistribución de los ingresos.
En su aplicación se tiene en cuenta la capacidad económica de los sujetos obligados a su cumplimiento y las características de los territorios; estableciéndose mayores gravámenes para los ingresos más altos, esclareció.
La Ley establece las normas sobre el pago de impuestos, tasas y contribuciones al Presupuesto del Estado.
Atemperada a la actualización del modelo económico cubano, su diseño está basado en la necesidad de garantizar la recaudación de un respaldo financiero que apuntale los gastos sociales a los que en Cuba se destina más de la mitad de los gastos corrientes del Presupuesto del Estado.
Para contribuir al desarrollo económico es preciso mantener el déficit fiscal en rangos soportables para la propia economía. Pero más allá de eso, algunos de los principios sobre los que se erige la Ley, es crear condiciones más favorables para la eficiencia empresarial y la concientización del pago de tributos por la población y entidades. Otro propósito es el de estimular la implicación de los gobiernos locales en la búsqueda de ingresos para sus presupuestos.
Con un enfoque más integral y flexible que su predecesora -y al ser un mecanismo regulador de las finanzas y la economía-, servirá de acicate para el desenvolvimiento de las esferas y actividades impulsoras del desarrollo socio-económico del país. Sin perder de vista el principio de generalidad en su aplicación, se incluyen regímenes especiales y beneficios fiscales justificados, por razones de política económica, en el que se destaca un régimen especial para el sector agropecuario.
Asimismo, la Ley amplía y simplifica los términos de pago en varios tributos y aumenta los tributos referidos a la protección y conservación del medio ambiente.
Si bien se trata de una herramienta que abarca todos los sectores de la sociedad, su estructura permite variar las bases imponibles, tipos impositivos, formas y plazos de pago, según las circunstancias de la economía o particularidades de un sector o territorio. La adecuación de los tributos se incluirá, según se vaya requiriendo, en la Ley anual del Presupuesto del Estado que, año tras año, se discute en el Parlamento cubano.
En su conjunto, la Ley del Sistema Tributario posee 19 impuestos, tres contribuciones y tres tasas.
RÉGIMEN ESPECIAL PARA EL SECTOR AGROPECUARIO
De manera gradual, y con el fin de contribuir a incrementar las producciones agropecuarias y forestales y promover el uso racional de la tierra, se estableció un régimen especial para este sector.
En la esfera agropecuaria la carga tributaria será menor a la del resto de los sectores económicos, en aras de crear condiciones financieras más favorables para su funcionamiento. Los principales contribuyentes, y al mismo tiempo beneficiarios del régimen especial, son tanto los productores individuales como las entidades que se dedican a la producción agropecuaria.
Con este tratamiento se busca garantizar que todos los productores aporten al sostenimiento de los gastos del Estado, en correspondencia con sus niveles de ingresos.
A las personas que ejercen el trabajo por cuenta propia se les ratifica como sujeto de los impuestos sobre las Ventas y los Servicios.
Dentro de los cambios introducidos, se encuentra la exoneración por dos años a los poseedores de tierras agrícolas estatales en usufructo -a partir de la fecha de entrega de las tierras-, de la liquidación del Impuesto sobre Ingresos Personales, sobre la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo. Para aquellas personas que en el terreno asignado debieran eliminar plantas leñosas, como el marabú u otras plantas indeseables, el tiempo de exención se extiende a cuatro años.
Un aspecto novedoso que atañe al sector agropecuario es la inclusión dentro de la Ley del Impuesto por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales. Contrario a la finalidad recaudadora que distingue al resto, este busca desestimular el no aprovechamiento de las tierras y conducir a su propietario a la explotación en función de la producción.
EXENCIONES, RATIFICACIONES Y CAMBIOS NECESARIOS
Tomando en cuenta que las condiciones no están creadas, se ratifica la no exigencia del Impuesto sobre Ingresos Personales sobre los salarios. Tampoco se exigirá por el momento, el Impuesto sobre la Propiedad de las viviendas. De este tributo se exime a los propietarios de inmuebles declarados inhabitables.
A las personas que hayan asumido la construcción de sus hogares por esfuerzo propio se les concederá, en el momento que se exija el referido Impuesto, un periodo libre de pago de este gravamen de cinco años. Asimismo, no estarán gravadas por el Impuesto sobre Ingresos Personales las remesas de ayuda familiar que se reciban desde el exterior.
Y a quienes se inicien en el trabajo por cuenta propia se les exonerará del pago de las obligaciones tributarias por concepto de impuestos sobre las Ventas, Especial a Productos y Servicios, sobre los Servicios, por la Utilización de la Fuerza de Trabajo y sobre los Ingresos Personales, durante los primeros tres meses de operaciones. Se ratifica en este ámbito la liberación del pago del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo a los trabajadores no estatales, los agricultores individuales, y demás personas naturales que se les autorice a contratar personal, por el empleo de hasta cinco personas.
A las figuras que ejercen el trabajo por cuenta propia se les ratifica como sujeto de los impuestos sobre las Ventas y los Servicios, fijándose un tipo impositivo de un 10 %. En lo que atañe al arrendamiento de viviendas, espacios y habitaciones por los trabajadores por cuenta propia, se establece un tipo impositivo del 10% sobre los ingresos obtenidos durante el mes y el pago de cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, las que quedarán establecidas en la norma complementaria que a tales efectos se emita.
En cuanto a la transmisión de bienes y herencias se mantienen las regulaciones por las transmisiones de viviendas y vehículos y se perfecciona el mecanismo de control y regulación cuando se adquieran más de uno de estos bienes.
Uno de los cambios más novedosos dentro de la Ley es la disminución gradual del tipo impositivo del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, que se prevé pase de un 25 a un 5%, en un plazo de cinco años.
Por su parte, las cooperativas no agropecuarias deberán honrar el Impuesto sobre Utilidades en atención a sus actividades y características. El tipo impositivo se establece desde un diez hasta un 45 %, reconociendo diez mil pesos en CUP libre de impuesto por cada socio de la cooperativa. En comparación con el trabajo por cuenta propia, se prevé una carga tributaria menos gravosa para estimular la socialización en el ejercicio de las actividades.
Como una medida que debe contribuir a paliar la ocurrencia de cadenas de impagos en el país, se ha previsto la eliminación gradual del actual Impuesto de Circulación. Este será sustituido por los impuestos sobre Ventas y Servicios, y Especial a Productos y Servicios, acercando el cobro de estos tributos a las entidades que realizan ventas minoristas, lo que contribuirá a la mejor gestión en los aportes.
CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL Y DEL IMPUESTO PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Con el fin de estimular el desarrollo sostenible de la localidad, se implementa un tributo territorial definido centralmente, que pagarán las empresas y las cooperativas a los consejos de la Administración Municipales donde operen sus establecimientos, para lo cual se tendrá en cuenta las particularidades de cada municipio.
Según explicita la Ley, este tributo deben pagarlo las empresas, las sociedades mercantiles y las cooperativas, cuando sus establecimientos obtengan ingresos por la comercialización de bienes o prestación de servicios, con independencia del lugar en que radique su sede principal.
La protección al medio ambiente también encuentra cobijo en la Ley del Sistema Tributario. Para ello se perfeccionaron y ampliaron los tributos que conciernen a estos temas. Esta apertura responde a los intereses para la salvaguarda de recursos naturales del país y su compatibilización con el desarrollo económico.
SOBRE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS TRIBUTOS Y DEL REGLAMENTO
En uno de sus acápites, la Ley, además de delimitar las atribuciones y funciones de la administración Tributaria, y los deberes y derechos del contribuyente, establece los procedimientos para la gestión y control de los tributos.
En él se determinan los pasos a seguir ante la ocurrencia de indisciplinas fiscales, para lo cual se ha dispuesto un régimen sancionador que toma en cuenta la gravedad de la infracción. Se incluyen también las vías para exigir la deuda tributaria y las herramientas de reclamación para los contribuyentes.
Otros procedimientos como las devoluciones, compensaciones y los términos son igualmente introducidos, lo que confiere espacios de actuación bien definidos tanto para el contribuyente como para la Administración Tributaria.
El Decreto No. 308 de las normas generales y los procedimientos tributarios, establece el Reglamento en el que se perfeccionan las funciones y deberes de la Administración Tributaria, en correspondencia con la Ley y el escenario en el que se desarrolla el país. Ello deberá garantizar la efectividad de los mecanismos y acciones de control fiscal, en donde se incluyen verificaciones, fiscalización tributaria y auditoría fiscal, entre otras.
Se busca, igualmente, ordenar y extender el uso oficial del Número de Identificación Tributaria (NIT) y contribuir de esta forma con el desarrollo de una cultura ciudadana en esta materia, ajustada a los preceptos establecidos en la Ley.
Este Decreto -a diferencia de su predecesor, el Decreto Ley No. 169 del 10 de enero de 1997- jerarquiza la aplicación de sanciones de acuerdo al tipo de infracción. En él se incluye un principio de gradualidad que contempla multas de menores cuantías, previendo las pérdidas de derechos u obtención de beneficios, hasta llegar a sanciones más severas.
A partir de lo dispuesto en la Ley, el Reglamento relaciona los deberes formales del contribuyente e introduce la modificación y perfeccionamiento de un grupo de artículos para ordenar y flexibilizar el cumplimiento de los pagos pendientes al Presupuesto del Estado.
UNA LEY PARA ESTOS TIEMPOS
La Ley del Sistema Tributario desarrolla en su contenido casi una veintena de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución; a algunos se les da cumplimiento y con respecto a otros, quedan diseñadas las normas tributarias que inciden en su implementación.
Dado el alcance de esta herramienta jurídica, -cuyos beneficios recaerán en el ámbito económico y social fundamentalmente-, constituye una plataforma oportuna capaz de fertilizar el terreno para el desarrollo de medidas ya tomadas y otras que, en el futuro próximo, llegarán como parte de la actualización del modelo económico cubano.
Desde que el país se enfrascara en la actualización de su modelo, numerosas regulaciones pretenden allanar el camino para revitalizar la marcha de la economía. A este empeño se suma también la Ley del Sistema Tributario que está llamada a respaldar la captación de mayores recursos financieros para satisfacer los requerimientos de la sociedad, pilar inherente a un proyecto social “con todos y para el bien de todos”.
TRIBUTOS APROBADOS POR LA LEY
Impuestos: 1- Impuesto sobre Ingresos Personales 2- Impuesto sobre Utilidades 3- Impuesto sobre las Ventas 4- Impuesto Especial a Productos y Servicios 5- Impuesto sobre los Servicios 6- Impuesto sobre la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas 7- Impuesto sobre la Propiedad de Viviendas y Solares Yermos 8- Impuesto por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales 9- Impuesto sobre el Transporte Terrestre 10- Impuesto sobre la Propiedad o Posesión de Embarcaciones 11- Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias 12- Impuesto sobre Documentos 13- Impuesto por Utilización de Fuerza de Trabajo 14- Impuesto por el Uso o Explotación de las Playas 15- Impuesto por el Vertimiento aprobado de Residuales en Cuencas Hidrográficas 16- Impuesto por el Uso y Explotación de Bahías 17- Impuesto por la Utilización y Explotación de los Recursos Forestales y la Fauna Silvestre 18- Impuesto por el Derecho de Uso de las Aguas Terrestres 19- Impuestos Aduaneros
Contribuciones: 1- Contribución a la Seguridad Social 2- Contribución Especial a la Seguridad Social 3- Contribución Territorial para el Desarrollo Local
Tasas: 1- Tasa por peaje 2- Tasa por Servicio de Aeropuertos 3- Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial
SEGÚN LAS DENOMINACIONES RECOGIDAS EN LA LEY, SE ENTIENDE POR
impuesto: El tributo exigido al obligado a su pago, sin contraprestación específica. contribución: Tributo para un destino específico y determinado, que beneficia directa o indirectamente al obligado a su pago. tasa: El tributo por el cual el obligado a su pago recibe una contraprestación en servicio o actividad por parte del Estado.
¿Los miedos al 7D vienen en 3D o en HD? ¿Es la Ley de Medios o la "Ley de Miedos"?
En estos tiempos agitados por la discusión sobre de la Ley de Medios Audiovisuales (“agitados” por todo el poder de fuego del multimedios Clarín, que se niega a cumplir la ley), es bueno parar la pelota, eludir la falsa discusión que plantea el Grupo y centrarnos en el fondo de la cuestión: qué dice la ley 26.522 que debe suceder. Para eso, este humilde servidor público ha reciclado algunos párrafos sobre el tema recogidos en una de sus habituales rondas basureras por los medios. Como el propósito es esclarecer y no oscurecer (que aunque suenan parecido no lo son), nos remitiremos a citar la palabra de expertos e instituciones relacionados con la materia, para evitar cualquier sesgo político del informe.
Empecemos -como siempre- por aclarar de qué estamos hablando:
La Ley de Medios Audiovisuales, entre otras muchas cosas relativas al tema en cuestión, fija un tope a la cantidad de medios que los titulares de concesiones pueden poseer. Y dispone un período de un año para que los grupos que excedan ese tope regularicen su situación y vendan los que deseen para cumplir con la ley. Los grupos afectados son varios pero sólo uno se niega a cumplir con la ley: el Grupo Clarín. Los demás grupos afectados por el texto de la Ley de Medios Audiovisuales son los siguientes: Grupo Moneta – Garfunkel, Grupo Indalo /Cristóbal López – Grupo Hadad, Grupo Uno Vila/Manzano, Cadena 3, Grupo Prisa, Telefónica y Grupo Pierri. Quien quiera conocer cómo deben adecuar su patrimonio cada uno de ellos recomendamos leer un informe aquí
Para que quede claro el fondo de lo que se discute, diremos que en Argentina hay “2.500 empresas que tienen 4.500 licencias, menos de dos cada uno. Después hay 25 grupos que tienen 250 licencias, que no cumplen con la ley por otros motivos, por ejemplo se exceden del 35% del mercado. Y hay un grupo que tiene 250 licencias y un porcentaje del mercado mucho mayor la 35%. Pero hay una diferencia: los 25 que tienen 250 licencias reconocen la ley y al Afsca, en cambio el que tiene 250, el Grupo Clarín, no.
Este grupo rebelde que se niega a acatar la ley, alega en público que la Ley 26.522 (la Ley de Medios Audiovisuales) afecta los derechos de libertad de expresión o de prensa, y que para salvaguardar los suyos apeló a la Justicia. Sin embargo, la misma Justicia, de boca de su instancia máxima, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dice lo contrario. Pero veamos primero brevemente qué dijo públicamente la jueza Elena Highton de Nolasco, miembro de la Suprema Corte de Justicia: "-¿Usted cree que está en riesgo la libertad de expresión en la Argentina en esta puja Gobierno-Clarín? -No, no creo que esté en riesgo la libertad de expresión, y francamente la libertad de expresión no está mencionada en el expediente ni en nuestra resolución; se mencionan otros derechos, pero no la libertad de expresión.
-Independientemente de lo que dice el fallo, ¿usted cree que en Argentina está en riesgo la libertad de expresión? -No veo como un riesgo la libertad de expresión, porque ustedes hablan de la libertad de expresión. En este expediente (Clarín) no está en juego la libertad de expresión." Nota completa
Pero demos ahora un paso más y veamos brevemente lo que dice el fallo de la Suprema Corte de Justicia al respecto de la apelación de Clarín:
• Que la propia actora ubica el caso dentro del derecho de defensa de la competencia. Dice que el daño que le causa la aplicación del artículo 161 es la pérdida de licencias que le han sido concedidas y que la obliga a vender activos que detalla. Es decir, una cuestión de organización del mercado que existe en todo el derecho comparado y de naturaleza exclusivamente patrimonial.
• Que en cuanto a la protección de la libertad de expresión, esta Corte ha sido muy clara y consistente en su reconocimiento a lo largo de una extensa e importante jurisprudencia. Sin embargo, en la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad. Más aún, en los escritos de la recurrente no hay más que menciones generales, pero no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversión con la libertad de expresión.
En consecuencia, estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26522 con respecto a la actora.
¿Pero entonces qué dice el famoso artículo 161 que se mantiene suspendido hasta ese día (y que el Grupo Clarín se niega a obedecer)? Leamos: ARTICULO 161. — Adecuación. Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición. Vencido dicho plazo serán aplicables las medidas que al incumplimiento —en cada caso— correspondiesen.
Entonces, ante este panorama en el horizonte de la Justicia, veamos qué puede suceder ahora en los vericuetos procesales:
A diferencia de multimedios como Vila-Manzano -que admiten públicamente que “hoy lo único que queda es cumplir la ley”-, Clarín parece decidido a agotar la batalla judicial, ahora en torno al fondo de la cuestión, que según algunos cálculos podría extenderse hasta 2015.
Martín Becerra, doctor en Ciencias de la Información de la Universidad Autónoma de Barcelona, dice que el multimedios nunca tuvo plan alternativo porque creyó en la infalibilidad de su estrategia (hacer que caiga toda la ley), algo en lo que hasta ahora fracasó. “Estuvieron tratando de demoler judicialmente algo que la Corte ya les dijo que no van a poder demoler, con lo cual recién ahora empiezan a pensar en el plan B”. Es decir, la eventual desconcentración de sus propiedades.
Los especialistas consultados hacen una lectura más amplia del fallo y de sus consecuencias. “Ahora queda claro que Clarín va a tener que desconcentrarse. Esto, que parece elemental, no era una certeza hace uno o dos años. También queda claro que eso no va a pasar en diciembre: será un camino lento, lleno de chicanas judiciales y administrativas”, sostiene Martín Becerra.
Para Gustavo Arballo, profesor de Derecho Público de la Universidad Nacional de La Pampa, el máximo tribunal optó por una solución razonable ya que “les da a todos los actores, inclusive al propio Estado, un tiempo breve pero interesante para pensar cómo sigue la película de acá a diciembre. Lo que cambia es que la pelota empieza a estar del lado del Estado”. Nota completa
A todo esto se puede agregar que la “polémica” ley (según los medios hegemónicos), en realidad la ya vigente Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual no propone nada revolucionario, de estilo dictatorial ni estalinista, ya que en otros países no tildados precisamente de autoritarios por esos mismos medios hegemónicos, tienen legislaciones similares e incluso algunas más restrictivas que regulan los medios. Además, esta ley viene a modificar la ley de medios de la última dictadura, y fue un anhelo de todos los gobiernos desde 1983, porque "desde la recuperación de la democracia el 10 de diciembre de 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva ley, en consonancia con las necesidades cívicas y participativas de la democracia.
Los presidentes Raúl Alfonsín en 1988 y Fernando de la Rúa en 2001, presentaron sendos proyectos de ley, que no pudieron ser tratados, afectados por fuertes presiones por parte de los intereses involucrados" (leer la historia aquí).
Porque, en el fondo, de lo que se trata es de desconcentrar el mercado de medios, en sintonía con lo que sucede en muchas partes del mundo, como explica claramente Luis Lazzaro, autor de La batalla de la comunicación:
Lo que se examina aquí, entonces, no es sólo la posición dominante en el mercado de un grupo que controla casi 500 empresas proveedoras de servicios múltiples (sobre 24 autorizadas por ley), que además tiene el monopolio exclusivo en buena parte de esas ciudades. Se trata también de cómo fue posible ese proceso. En todo el mundo existen leyes antitrust, pero la cuestión de fondo aquí no es la economía, es el derecho a no ser silenciados o manipulados por los dueños de las plataformas multimedia. Al igual que las regulaciones en Estados Unidos o Europa, la Ley 26.522 no considera la información y el acceso a bienes culturales como una simple transacción comercial. Por eso sigue vigente en EE.UU. la prohibición al periódico local de poseer el canal de televisión en la misma ciudad, y un conjunto de restricciones en la estructura horizontal y vertical de las corporaciones, además de los límites a la concentración del cable en el mismo porcentaje (35%) que en la Argentina. Nota completa
Es decir que si el Grupo Clarín actuara en los EE.UU. al tener el diario Clarín de alcance nacional no podría tener ningún canal de TV en todo el país. Ampliemos ahora el concepto de regulación de medios en el mundo un poco más analizando dos casos:
Francia
La mayoría de las políticas mediáticas en Francia se desarrollan por el gobierno central, que juega una influencia predominante en las actividades de los medios de comunicación.
El Consejo Superior de lo Audiovisual regula cuatro grandes áreas de los contenidos mediáticos que resultan particularmente distintivas: la primera es el pluralismo político; por ejemplo, para que el CSA entregue una licencia, es condición indispensable que los medios comerciales garanticen que una extensa variedad de ideas políticas serán presentadas en la radio y la televisión. Para cumplir con esta misión, el CSA entrega licencias a estaciones de radio con planes específicos para programas cuyo formato se añada a un amplio margen de opinión política; el resultado es que en Francia hay radio anarquista, radio socialista, radio de extrema derecha y muchas otras orientaciones políticas.
La tercera área de regulación es la protección del idioma francés a través de cuotas de contenido local. Francia se añade a los lineamientos de la Unión Europea que determinan que el 50% de toda la programación televisiva debe ser de contenido europeo; el gobierno francés requiere que el 40% de este 60% sea de origen nacional. Adicionalmente, el 35% de las canciones dirigidas a los adolescentes, transmitidas en las estaciones de radio deben ser de origen francés (que incluye francés africano o francés árabe), mientras tanto, el 60% de las canciones dirigidas a adultos mayores (de 45 años en adelante), debe ser de origen francoparlante.
Estados Unidos
(...) a los medios de comunicación electrónicos no les ha sido reconocida la misma libertad que a los medios impresos. La razón para esta diferenciación ha sido que los primeros deben estar más atentos de los intereses públicos, porque sus contenidos enfrentan menor competencia. Esta conclusión se deriva del argumento de que el espectro radioeléctrico sólo puede acomodar un número finito de frecuencias de radio y televisión, restricción física a que los medios impresos no están sujetos, puesto que existe un espacio virtualmente ilimitado para su creación y colocación.
Todas las operaciones de radio y televisión (terrestres, por cable y satelitales) y todas las operaciones de telecomunicaciones (teléfono y computadora) se encuentran bajo la jurisdicción regulatoria del FCC, quien tiene la facultad de establecer normas basadas en legislación existente, así como para aplicarlas.
Las estaciones de radio y televisión son autorizadas por un periodo de ocho años. La renovación de la licencia está escalonadas a través del país para que no todas soliciten la renovación al mismo tiempo. La autorización se usa para asegurar que los transmisores públicos y privadas cumplan con el "interés, necesidad y conveniencia" del público —requisito especificado en la Ley de Comunicaciones de 1934—, y que cubre tanto el contenido de los medios como su accesibilidad; sin embargo, el FCC no regula mucho del contenido de los medios porque el mecanismo primario de verificación de su cumplimiento es el mercado comercial.
En Estados Unidos hay tres áreas de regulación sobre contenido de los medios que son particularmente distintivas. Un área, como se dijo anteriormente es la indecencia, la cual tiene una definición diferente de la obscenidad (la más penada de las dos actividades). La Ley de Comunicaciones de 1934 prohíbe la transmisión de obscenidad a cualquier hora... Nota completa
¿Sería posible en los EE.UU. el programa de Tinelli con los cuasidesnudos femeninos y el baile del caño y sus repeticiones por los medios del grupo a cualquier hora? ¿Y la inmensa cadena de noticias multicanal y de radios de su grupo martillando con las mismas noticias calcadas y editorializadas de la misma manera? No. ¿No habrá libertad de expresión en EE.UU. ...?
Pero no sólo en Argentina desmienten las afirmaciones vertidas por Clarín sobre la supuesta ley cepo de la libertad de prensa, sino que el Relator Especial de Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y de Expresión dijo hace poco que "acabo de poner de modelo en el consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra" y que "Argentina es un modelo para el continente y un modelo también para otras regiones del mundo", y defiende “el combate de monopolios y eso es parte de sus leyes económicas. Y en el combate de los monopolios incluye los monopolios de los medios de comunicación. O sea, ningún monopolio debe existir y especialmente los monopolios de los medios de comunicación porque eso inhibe y rompe la libre competencia del mercado." Incluso periodistas que ahora pertenecen al Grupo, como Chiche Gelblung y Jorge Lanata, defendieron públicamente la ley, como consignamos aquí.
Para concluir, aclaremos definitivamente un punto que el grupo hegemónico (el Grupo Clarín más sus aliados circunstanciales La Nación y Editorial Perfil) se empecina en poner en primer plano: la supuesta violación a la libertad de expresión o de prensa que significaría la aplicación plena de esta ley. Para eso repasemos párrafos de un excelente y revelador artículo de tres reconocidos expertos en la materia: Damián Loreti, Diego de Charras y Luis Lozano:
Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana han señalado en más de una oportunidad que la actividad de los medios de comunicación no sólo puede, sino que debe ser regulada por el Estado a través de políticas públicas respetuosas de los estándares internacionales (leer aquí ). Las medidas estatales deben tener como finalidad el fomento del pluralismo y la diversidad de voces y deben tender a garantizar condiciones de igualdad en el acceso al debate público. En esta línea, los Estados no sólo están obligados a abstenerse de limitar el ejercicio del derecho a la comunicación por cualquier medio, sino que además deben implementar políticas públicas destinadas a revertir las asimetrías existentes en el acceso al debate público.La intervención de los Estados se torna, por lo tanto, imprescindible para garantizar un reparto equitativo de los medios y reconocer la diversidad de las manifestaciones culturales.
En sus Indicadores de Desarrollo Mediático aprobados en 2008, la Unesco sostiene que para incrementar el pluralismo y la diversidad en un sistema de medios “las autoridades responsables de ejecutar las leyes antimonopolios cuentan con las atribuciones suficientes, por ejemplo, para negar las solicitudes de licencias y para exigir la desinversión en las operaciones mediáticas actuales cuando la pluralidad esté comprometida o se alcancen niveles inaceptables en la concentración de la propiedad” (leer aquí ). Cualquier parecido con la realidad argentina es pura coincidencia.
La concentración de la propiedad de medios de comunicación, no absoluta pero sí tendencialmente, deviene en homogeneización de contenidos, marginación de voces disidentes a partir de alianzas comerciales y/o políticas, subsidios cruzados que canibalizan mercados, competencia desleal e incremento de las barreras de entrada para nuevos actores.
El rol de los medios y los procesos de concentración de la propiedad, así como el análisis de las alianzas políticas y económicas y su impacto sobre los contenidos, definen un escenario en el que, una vez más, la intervención del Estado se vuelve imprescindible para garantizar el ejercicio del derecho a la comunicación, entendido como un derecho humano fundamental.
Por su parte, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA sostuvo, en su informe del año 2009, que “esta reforma legislativa representa un importante avance respecto de la situación preexistente en Argentina. En efecto, bajo el marco normativo previo, la autoridad de aplicación era completamente dependiente del Poder Ejecutivo, no se establecían reglas claras, transparentes y equitativas para la asignación de las frecuencias ni se generaban condiciones suficientes para la existencia de una radiodifusión verdaderamente libre de presiones políticas” (leer aquí).
Es decir que, en sintonía con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión, la ley asegura previsibilidad y certeza jurídica para quienes poseen o adquieren una licencia.
Además de los compromisos recogidos por la ratificación de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la Unesco, la ley recoge lo dicho por los relatores de Libertad de Expresión de ONU, OEA, Europa y Africa que, en el año 2001, en su Declaración Conjunta (leer aquí ) recomendaron: “La promoción de la diversidad debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión; la diversidad implica igualdad de género en la radiodifusión e igualdad de oportunidades para el acceso de todos los segmentos de la sociedad a las ondas de radiodifusión”.
En relación con la universalidad del acceso a los medios de comunicación como un soporte fundamental para el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión, que la ley establece en los artículos 2, 3, 72 y 153, afirma la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva 5/85: “Son los medios de comunicación social los que sirven para materializar el ejercicio de la libertad de expresión, de tal modo que sus condiciones de funcionamiento deben adecuarse a los requerimientos de esa libertad. Para ello es indispensable la pluralidad de medios y la prohibición de todo monopolio respecto de ellos, cualquiera fuera la forma que pretenda adoptar” ( leer aquí).
Como hemos visto claramente, aunque el poderoso Grupo Clarín intente utilizar todo su poder de fuego para bombardearnos con sus medias verdades y tergiversaciones, la Ley de Medios no es la "Ley de Miedos"… salvo para los dueños y principales accionistas del Grupo Clarín, que temen perder no dinero sino el poder real que tuvieron desde hace décadas, lo que les sirvió para influir gobiernos, poner y sacar leyes, ministros y hasta presidentes. Y hacer dinero, mucho dinero. Y también lo es para sus muy bien pagados periodistas estrellas, que creen que sólo pueden mantener su estándar de vida y su poder mediático en un conglomerado mediático enorme como el actual.
Pero los tiempos cambian y la sociedad argentina evoluciona, corre sus límites democráticos y amplía sus derechos, entre ellos el de prensa o expresión, pero ahora para todos. A esta altura del análisis se comprende mejor lo que está en juego a partir del 7 de diciembre próximo, el famoso 7D. No obstante, veamos un editorial del programa El Destape que nos ilustra muy bien sobre el candente tema de la Ley de Medios:
Del
viaje al Turquino regresamos Camilo y yo en avión por lo que las
peripecias de este viaje de vuelta a La Habana nada tuvieron que ver con
lo que pasamos para llegar a Santiago de Cuba. Solo puedo decir que
pudimos dormir sin sobresaltos, sin lluvia y sin frío.
Cuando
salimos de la terminal de vuelos nacionales tuvimos que pasar
obligatoriamente por delante de las vallas que están ubicadas en la
intersección de las calles que siguen para Boyeros y las que conducen a
las distintas terminales del aeropuerto “José Martí”. Para los que no
los han visto, les cuento que estos letreros son inmensamente grandes y
tienen los mensajes que queremos trasmitir a los visitantes que llegan a
nuestro país.
Para mi sorpresa, habían quitado la más vieja de
estas vallas. Era aquella que aseguraba que “EL 70 POR CIENTO DE LOS
CUBANOS habíamos nacido BAJO EL BLOQUEO DE LOS ESTADOS UNIDOS”. Esa es
una de las verdades más grandes e irrefutables: todos los que nacimos a
mediados de los 80 para acá, y escuchamos los cuentos de nuestros
padres, sabemos lo duro que es ser hijos del llamado “periodo especial”,
momento en que el bloqueo se ha sentido más que nunca. Y es que nacer
bajo el bloqueo, es una realidad que a veces se nos despinta, y como la
valla misma va perdiendo su impacto; aunque todos los días los problemas
que tenemos que resolver por su causa sean tan terribles como las
paradas de ómnibus al mediodía.
Ahí mismo, tan cerca del
aeropuerto con sus aviones, con la connotación que los viajes tienen
para todos los cubanos, me puse a pensar que es también por culpa de los
Estados Unidos (y fíjense que no es muela) que ese 70 por ciento de
cubanos vemos la emigración de una manera distinta a como la vive el
resto del mundo. Todo el mundo emigra desde que el mundo es mundo, sin embargo en Cuba la cosa se ve diferente.
Los
cubanos, gracias a la beligerancia de Estados Unidos hacia Cuba,
tenemos otro status, otros “privilegios” como emigrantes. Yo me imagino
que muchos latinoamericanos, sobre todo los mexicanos, sentirán por
nosotros cierta envidia. ¿Por qué los gringos favorecen a los panas cubanos?, se preguntarán muchos de ellos. Porque esa es la emigración que prefieren en el Norte: cubana, y preferiblemente ilegal.
Dice
mi amigo Rafa, quien siempre está detrás de las estadísticas y chismes
políticos, que desde antes del 59 las visas que se daban para Estados
Unidos también eran muy pocas. Solo clasificaban los pocos trabajadores
que quisieran hacer allá los trabajos que los propios estadounidenses no
querían. Los trámites se demoraban cantidad y al que se le ocurriera
irse de forma ilegal ilegal se exponía a la expulsión inmediata o a la
prisión.
Sin embargo, cuando triunfa la Revolución, los Estados
Unidos acogieron a todos los batistianos, esbirros, estafadores,
asesinos y ladrones que salieron corriendo de aquí. Desde entonces la
visa dejó de ser un documento indispensable para acceder al territorio
norteamericano. Ser cubano y llegar de manera ilegal eran suficientes
cartas credenciales. Y sí de paso hablabas un poquito mal de Fidel, te
daban propina.
Fue gracias a este acto divino de bautismo del Tío
Sam, hacedor de milagros, que dejamos de ser emigrantes para ser
“exiliados políticos”, a diferencia del resto de los latinoamericanos
que seguían siendo extranjeros, sujetos a las leyes migratorias
norteamericanas.
Después decidieron que el tema migratorio sería
uno de los platos fuertes para sacar de circulación a la Revolución, de
ahí que fuera tan importante “ayudar” a los “refugiados” que procedían
del entonces campo socialista.
Por eso se creó el Programa de
Refugiados Cubanos, se estimuló la salida de Cuba de más 14 mil niños
hacia los Estados Unidos durante la Operación Peter Pan, y finalmente,
en 1962, se eliminaron los vuelos y salidas legales hacia ese país. Los
cubanos de aquí y sus familiares de allá, los mismos padres engañados
que enviaron a sus niños se quedaron entonces sin saber qué hacer.
Entonces no quedaba otra: las salidas ilegales.
Quizás
por eso en Cuba inventamos la tan polémica política migratoria, que
imagino se habrá hecho más rígida después de la Ley de Ajuste Cubano en
1966.
Los yanquis entonces buscaron apoyo en los medios de prensa.
¿Resultado? Las crisis migratorias de Boca de Camarioca en 1965, la del
Mariel en 1980, la de los inicios de los noventa, el robo y secuestro
de aviones y embarcaciones muchas veces con lamentables pérdidas de
vidas humanas, y hasta los vecinos míos que intentaron irse el pasado
fin de semana, a pesar del mal tiempo anunciado por Rubiera.
No
nos quieren quitar el bloqueo, a pesar de que ha demostrado su
ineficacia como purgante para la Revolución. Lo mantienen porque son
miles de millones de pesos los que hemos perdido año tras año, y como
dice Pánfilo (el de Chequera), hay una pila de gente allá, que gracias
al bloqueo, “vive del cuento”.
Estoy convencido de que nunca
quisimos ese “tratamiento especial” que Estados Unidos no ha dado en
diversas materias, específicamente en el tema migratorio.
Para
mucha gente la emigración, es ayuda y es apoyo. No los mercenarios que
hablan mal de Castro, o los Oteros que se van a ganarse limosnas a
cambio de mentiras, sino los familiares y amigos que trabajan
honradamente, y mandan sus remesas de mes en mes, o el tío de mi amiga
pinareña, que se muere por verla otra vez. Por estos meses, el tema de
la emigración está “en el bombo”, así que quizás escribiré dos o tres
post.
Las migraciones
han sido parte del actuar humano prácticamente desde los inicios de la
especie. Pero en el mundo globalizado y profundamente injusto de hoy, el
creciente flujo migratorio internacional –alentado por las hondas
desigualdades económicas y sociales, la inestabilidad política, los
conflictos armados, los desastres naturales y otras causas–, se ha
convertido en uno de los más serios problemas de la humanidad.
Miles
de personas mueren todos los años intentando emigrar en precarias
condiciones a través de fronteras terrestres y los mares. Otros miles,
que llegan a las naciones más ricas del Norte buscando mejores
condiciones de vida, son sometidos a abusivas y prolongadas detenciones y
expulsados hacia sus países sin contemplaciones. Crecen las medidas
restrictivas y xenófobas contra los inmigrantes en EEUU y Europa.
En este complejo y duro panorama hay una clara excepción:
el tratamiento que el Gobierno de EE.UU le da a la emigración cubana
con evidentes fines políticos, como parte de sus planes agresivos contra
la Revolución.
Antes
de 1959 eran contadas las visas que la Embajada de los Estados Unidos
concedía a los ciudadanos cubanos para emigrar a ese país; lo que
constituía una aspiración de millones de personas en el mundo, atraídos
por el estándar de vida en la nación que emergió de la Segunda Guerra
Mundial como la más rica y poderosa del planeta. Unos pocos humildes
trabajadores dispuestos a asumir las duras labores que el estadounidense
se rehusaba a hacer y componentes de la burguesía y de algunos sectores
medios del país, eran los afortunados en esa ruleta migratoria.
Los
trámites legales para que un cubano emigrara a Estados Unidos entre
1945 y 1959 eran prolongados y rigurosos. Al que ingresaba ilegalmente
le esperaba sin remedio la expulsión o la prisión. Eran tan perseguidos
por la “migra” como lo son ahora muchos emigrados latinoamericanos. Ahí
esta el testimonio de Camilo Cienfuegos en sus cartas a la familia durante
el tiempo que debió permanecer en territorio norteamericano, en la
década del 50, ante la persecución de la dictadura batistiana.
Todo
cambió con el Triunfo de la Revolución en 1959. Desde el primer día de
la victoria de nuestro pueblo, Estados Unidos se convirtió en seguro
refugio para los esbirros, torturadores, asesinos, malversadores y
ladrones de la derrocada tiranía de Fulgencio Batista.
El ingreso sin obstáculo al suelo estadounidense de cualquier persona
que saliera ilegalmente de Cuba pasó a ser la norma. La visa dejó de ser
un trámite necesario para ser recibido. La categoría de emigrante
desapareció para los cubanos que salían del país, que pasaron sin
excepción al tratamiento de exiliados, gracias a la política implantada
por Washington.
El
gobierno norteamericano, consciente de que en Cuba había una verdadera
Revolución, se planteó una estrategia de hostilidad permanente hacia
nuestra Patria sustentada en un feroz bloqueo económico y comercial y
que tenía también al tema migratorio como uno de sus componentes
esenciales para la desestabilización. Cuba pasó a formar parte
de la política implementada por la Casa Blanca en los años 50 para
beneficiar con el estatus de “refugiado” a los migrantes del entonces
campo socialista.
Nació así el Programa de Refugiados Cubanos, a inicios de los 60, y se ejecutó la inescrupulosa Operación Peter Pan mediante la cual fueron virtualmente secuestrados hacia EE.UU más de 14 mil niños,
arrancados a sus padres atemorizados por la propalación de la falsa e
infame noticia de que sería suprimida la Patria Potestad en Cuba.
Tras la derrota sufrida en Playa Girón, el escalamiento de la guerra sucia contra Cuba y las tensiones de la Crisis de Octubre, el
Gobierno norteamericano suprimió abruptamente, a fines de 1962, los
vuelos normales y salidas legales desde nuestro país a esa nación,
cortando de facto los vínculos de miles de cubanos con sus familiares
en EE.UU, entre ellos la de los padres que habían enviado a sus hijos
durante la Operación Peter Pan. Solo quedó el camino de las salidas ilegales.
En febrero de 1963, la administración Kennedy dio un poderoso estímulo a esas salidas
al anunciar que los cubanos que llegaran a EE.UU directamente desde
nuestro país serían recibidos como refugiados; mientras, quienes lo
hicieran desde terceros países serían considerados extranjeros y
quedarían sujetos a las restricciones migratorias norteamericanas. Se
buscaba el show político y mediático. El intento de pintar una
Revolución que naufragaba. El propósito de mostrar una sociedad
supuestamente quebrada y fracasada que obligaba a sus ciudadanos a
lanzarse desesperadamente a la aventura migratoria.
El Congreso estadounidense dio un espaldarazo final a la perversa política al aprobar la llamada Ley de Ajuste Cubano, firmada por el presidente Johnson el 2 de noviembre de 1966.
Con ella se concedía el derecho inmediato al permiso de residencia a
cualquier emigrante ilegal cubano que llegara a territorio
norteamericano, y al año se le otorgaba automáticamente la residencia
permanente.
Esa
aviesa legislación –aplicada desde entonces invariablemente y
actualizada varias veces para promover aún más la emigración ilegal–,
unida a la intencionada denegación de cuantiosas solicitudes de visas
para la emigración legal, al endurecimiento del bloqueo y a las miles de
horas de incesante propaganda subversiva y de guerra política y
sicológica desde EE.UU llamando a la indisciplina social, al delito y a
las salidas ilegales del país, han provocado sucesivas y graves crisis
migratorias como las de Boca de Camarioca (1965) , el Mariel (1980) y la
de 1994.
Impunidad, violencia y robo de cerebros
La
impunidad total y los estímulos con que se ha recibido en EE.UU a todas
las personas salidas ilegalmente de Cuba en estas cinco décadas, han
dado lugar al robo y secuestro de embarcaciones, la piratería aérea, la
violencia, el empleo de armas y hasta a asesinatos. Autores de
crímenes atroces como Leonel Macías, el asesino del guardamarina Roberto
Aguilar Reyes, viven hoy en la Florida al amparo de esta política. A sectores de esa estimulada emigración han acudido el gobierno estadounidense, la extrema derecha, los servicios especiales y la mafia cubano americano para ejecutar sus planes agresivos y terroristas contra nuestra Patria.
Esa
mafia y sus representantes en el Congreso han utilizado a su antojo el
tema migratorio en su agenda anticubana. Estimulan por un lado la
emigración a través de declaraciones y acciones precisas como el
programa Éxodo manejado por la Fundación Nacional Cubano Americana
en la década de los 90, y por el otro, presionan al Gobierno
norteamericano a actuar en el supuesto interés de la Seguridad Nacional
de EE.UU si se produjera una nueva crisis migratoria. Sueñan con
provocar un conflicto armado entre Estados Unidos y Cuba.
En
todos estos años, las autoridades norteamericanas y los sectores
anticubanos han alentado y priorizado la salida del país de médicos,
enfermeros, profesores, ingenieros y otros profesionales universitarios o
técnicos de nivel medio, en un descarado robo de cerebros.
Miles de millones de dólares le han costado a la nación la pérdida de
ese personal calificado formado gratuitamente en nuestras universidades y
escuelas politécnicas.
No
satisfechos con extraerlos del país, los persiguen por diversas partes
del mundo. Vigente está el programa ideado por la administración Bush
para captar médicos y otros especialistas de salud cubanos que prestan
importantes servicios en decenas de países.
Permanente
es también el asedio a nuestros deportistas, reconocidos en los
escenarios mundiales y forjados gracias al sudor de nuestro pueblo y la
capacidad de nuestro sistema de formación deportiva.
El
objetivo es apropiarse desvergonzadamente del talento de la nación, e
intentar desmoralizar, obstruir nuestro desarrollo, generar desaliento.
Pese a los acuerdos migratorios logrados entre Cuba y EE.UU, el
gobierno norteamericano continúa aplicando para nuestra nación los
esquemas de la Guerra Fría y el anticomunismo que caracterizaron la
política inmigratoria de ese país en décadas pasadas.
Una
y otra vez han violado esos acuerdos en diferentes administraciones,
mantienen en vigencia la Ley de Ajuste Cubano que estimula la emigración
ilegal y ha provocado numerosas muertes en el estrecho de la Florida, y
sostienen las campañas de aliento a esa emigración y la manipulación
mediática sobre este sensible tema.
Mientras
más de 429 mil indocumentados fueron detenidos y más de 397 mil
inmigrantes fueron expulsados de Estados Unidos en el 2011, según reconoció hace
unos días el Departamento de Seguridad Interior, los inmigrantes
cubanos continúan recibiendo un tratamiento privilegiado a tono con los
intereses subversivos de la política norteamericana hacia nuestro país.
Cuba
ha cumplido rigurosa y estrictamente sus compromisos en los acuerdos
migratorios, sostiene la necesidad de garantizar una emigración legal,
ordenada y segura hacia la nación norteña, mantiene una relación
respetuosa con el creciente y mayoritario sector de la emigración cubana
en Estados Unidos y otras partes del mundo que profesa amor a
su Patria, promueve los vínculos familiares, condena el bloqueo y otras
políticas agresivas contra su pueblo y defiende el derecho de nuestra
nación a vivir y desarrollarse en paz, y ha dado pasos en todos estos
años para hacer más fluida esa relación entre la Nación y su emigración.